Reglamento de la facultad

TÍTULO I. FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y COMPOSICIÓN

Art. 1. Funciones

La Facultad de Ciencias de la Comunicación de la Coruña (en el sucesivo la Facultad) es el centro de la Universidad de la Coruña (en el sucesivo la Universidad) encargado de la organización, de la coordinación, del seguimiento, de la evaluación y de la gestión administrativa de la enseñanza universitaria que conduce a la obtención del título de licenciado en Comunicación Audiovisual y de otros estudios que le fueran asignados en el ámbito de la comunicación audiovisual y otros campos afines.

Asimismo, la Facultad promoverá y coordinará la investigación interdisciplinar en el ámbito de la comunicación.

Art. 2. Atribuciones

Son atribuciones de la Facultad:

    a. La organización, la coordinación, el seguimiento, la evaluación y la gestión administrativa de la enseñanza universitaria que le fuera asignada en el ámbito de la comunicación audiovisual y de otros campos afines.

    b. La elaboración de las propuestas de creación, modificación o supresión de los planes de estudios de estas enseñanzas.

    c. La promoción y la coordinación de la investigación interdisciplinar en el ámbito de la comunicación audiovisual y de otros campos afines.

    d. La coordinación y supervisión de la actividad docente de los departamentos que intervengan en el desarrollo de los planes de estudios de la Facultad, y la evaluación docente de su profesorado.

    e. La participación en el gobierno y la gestión de la Universidad.

    f. La organización de actividades de Extensión Universitaria.

    g. Todas las funciones orientadas al cumplimiento adecuado de sus fines, o que le atribuyan la legislación vigente o los Estatutos y los reglamentos de la Universidad.


Asimismo, y con carácter general, la Facultad podrá organizar cursos dirigidos, o no, a la obtención de títulos o diplomas académicos, y promover convenios de colaboración con entidades públicas o privadas.

Art. 3. Composición

La Facultad estará integrada por:

    a. El profesorado que imparta docencia en alguno de sus planes de estudios.

    b. El estudiantado matriculado en cualquiera de sus planes de estudios.

    c. El personal de administración y servicios asignado expresamente a la Facultad.

    d. Todas las personas no incluidas en los apartados anteriores que la legislación y las normativas vigentes les otorguen a condición de miembros de la Facultad.


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Reglamento de la Facultad de Ciencias de la Comunicación